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Título : La Diputacion ha tenido á bien acordar que en todos los remates de abastos y arbitrios, en los de arrendamientos de fincas, en los de venta de leña, materiales y otros bienes del comun, se observen desde esta fecha las reglas siguientes: Abastos y Arbitrios. 1ª Los primeros remates de abastos y arbitrios deberán de celebrarse precisamente antes del 15 de octubre de cada año ..
Palabras clave : Hacienda provincial -Álava -S. XIX
Fecha de creación: 21-ene-2014
Editorial : [S.l. : s.a.
Descripción : Texto tomado del inicio del texto
Texto certificado por Ramón Ortiz de Zárate
Texto fechado en Vitoria a 26 de septiembre de 1862
URI : http://www.liburuklik.euskadi.eus/handle/10771/27717
Otros identificadores : FONDOAYALA-30_0072
Aparece en las colecciones: Monografías [Biblioteca del Seminario Diocesano de Vitoria-Gasteiz]



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